SUS DERECHOS
"Todas las actuaciones que se lleven a cabo en relación con su salud, estarán regidas por los principios de máximo respeto a la personalidad y dignidad, y de no discriminación."
DERECHO A LA CONFIDENCIALIDAD E INTIMIDAD
- A la intimidad en las actuaciones sanitarias y a la confidencialidad de la información relacionada con su salud y a que no se produzcan accesos a estos datos sin previa autorización amparada por la ley.
- A que se respete lo máximo posible la intimidad de su cuerpo, debiendo ser razonable la presencia de personas (estudiantes, investigadores, etc.) que no colaboren directamente en la prestación de asistencia audioprotésica.
- A facilitarle el acompañamiento por un familiar o persona de su confianza. Los menores tendrán derecho a estar acompañados por sus padres, tutores o guardadores. En las mismas condiciones los incapacitados tendrán derecho a estar acompañados de los responsables de su guarda y protección.
- A limitar la grabación y difusión de sus imágenes, en los términos establecidos en la normativa vigente.
- A la confidencialidad de los datos referidos a sus creencias, a su filiación, a su opción sexual, al hecho de haber sido objeto de malos tratos y, en general, de cuantos datos e informaciones puedan tener especial relevancia para la salvaguarda de su intimidad personal y familiar. Todo ello sin perjuicio del posible levantamiento de la confidencialidad en cumplimiento de los deberes de comunicación y denuncia.
DERECHO A LA INFORMACIÓN ASITENCIAL
- A conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible, salvando los supuestos exceptuados por la legislación.
- A que se respete su voluntad de no ser informado, excepto en los casos determinados en la ley. Este derecho comprende la posibilidad de que designe a otra persona para que reciba la información.
- A recibir la información directamente, o en su caso, a través de representante legal o persona autorizada, de forma comprensible, veraz, adecuada y con antelación suficiente. En el caso de los menores, la información se proporcionará en un lenguaje adecuado a su edad, madurez y estado psicológico, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan.
- A conocer el horario de atención al público y a que esta información se encuentren visible.
- A prohibir por escrito que se informe a otras personas, así como a revocar también por escrito dicha prohibición, sin perjuicio de los limites que deriven de las previsiones contenidas en la legislación relativa a medidas especiales en materia de salud pública o cualquier otra que sea de aplicación.
DERECHO A LA INFORMACIÓN SANITARIA
- A conocer los precios de los productos y servicios de auditrón, así como a que estos se encuentren documentados, visibles y a disposición de los pacientes.
- A disponer de información sobre el coste económico de las prestaciones y servicios que reciba.
- A solicitar de auditrón la Guía de información al usuario.
DERECHO A LAS RECLAMACIONES Y SUGERENCIAS
- A presentar reclamaciones relativas a defectos de funcionamiento, estructura, recursos, organización, trato, asistencia u otras cuestiones análogas relativas al Centro Audiológíco auditrón.
- A presentar sugerencias que tengan como finalidad promover la mejora del grado de cumplimiento y observación de los derechos y deberes de los usuarios, del funcionamiento, organización y estructura de auditrón, del cuidado y atención a los usuarios y en general, de cualquier otra medida que suponga una mejora en la calidad o un mayor grado de satisfacción de las personas. En ambos casos tendrá derecho a recibir respuesta razonada por escrito en el plazo de treinta días, salvo que la reclamación o sugerencia la haya presentado de forma anónima.
DERECHO A LA AUTONOMÍA DE DECISIÓN
- A elegir libremente, despues de recibir la información adecuada, entre las distintas opciones que para la aplicación de un procedimiento de adaptación audioprotésico le presente el audioprotesista responsable.
DERECHO A LA DOCUMENTACIÓN SANITARIA
- A que quede constancia de forma legible, por escrito o en soporte técnico adecuado, de la información obtenida en todos sus procesos asistenciales.
- A acceder a su historia clínica y a obtener copia de los datos que figuren en la misma, en las condiciones previstas legalmente.
- A preservar el anonimato cuando el acceso a su historia clínica se produzca con fines judiciales, epidemiológicos, de salud pública, de investigación o de docencia, separando los datos personales de los clínico-asistenciales, con las excepciones previstas legalmente.
- A que auditrón establezca un mecanismo de custodia activa y diligente de su historia clínica.
- A solicitar informes acreditativos de su adaptación audioprotésica de acuerdo con la legislación vigente.
SUS DEBERES
- Responsabilizarse de su propia salud de una forma activa.
- Asumir las propias decisiones sobre su salud y dejar constancia por escrito de las mismas, conforme a las previsiones del ordenamiento jurídico.
- Respetar las prescripciones generales de naturaleza sanitaria comunes a toda la población.
- Respetar las medidas sanitarias adoptadas para la prevención de riesgos, la protección de la salud y la lucha contra las amenazas a la salud pública, así como a colaborar en la consecución de los fines de tales medidas.
- Usar correctamente las instalaciones y servicios sanitarios, conforme a las normas generales de utilización y las establecidas por auditrón.
- Mantener el respeto debido al personal de auditrón, y a los otros pacientes, familiares y acompañantes.
- Facilitar los datos sobre su estado físico o sobre su salud de manera leal y verdadera, así como el de colaborar en su obtención, especialmente cuando sean necesarios por razones de interes público o con motivo de la asistencia sanitaria.
CONDICIONES GENEREALES DE CANJE Y DEVOLUCIÓN
Sí nuestro audífono no es del agrado del paciente, lo puede canjear por uno de nivel tecnológico superior o devolver, dentro de un plazo de 30 días desde la fecha de compra.
En el canje de producto no se realizará cargo. Se aplicará el precio del producto superior.
En las devoluciones de audífonos retroauriculares el paciente deberá abonar el coste del molde y consumibles facilitados y 30€ por la atención prestada.
En la devolución de audífonos a medida (Intras y CIC) el paciente deberá abonar el 15% del PVP del audífono más el material consumible facilitado que haya sido utilizado o no sea devuelto.
RECUERDE
El audífono es un producto sanitario que debe considerarse como una ayuda técnica.
No cura, ni repone ni sustituye al sistema auditivo. No es un oído nuevo.


